miércoles, 18 de julio de 2007

?Influyen los jueces en la Carrera Docente/Investigadora?




Pues según me entero a través de un despacho de abogados la respuesta es sí.


>> >> Efectivamente, decirte que, en la actualidad, hemos obtenido
>> >> cuarenta y cinco sentencias favorables (12 de ellas ratificadas
>> >> por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y treinta y ocho de
>> >> ellas firmes, esto es, sin posibilidad de recurso). Tenemos,
>> >> asimismo, cinco sentencias desfavorables, de las cuales dos han
>> >> sido revocadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
>> >> estimando íntegramente las pretensiones iniciales de nuestros
>> >> clientes.
>> >> Las restantes tres sentencias han sido recurridas y están en
>> >> proceso de Suplicación, es decir, no son sentencias definitivas.
>> >> De las cuarenta y cinco sentencias ganadas, once están referidas a
>> >> los contratos “Ramón y Cajal” e “I3P”, siendo especialmente
>> >> relevante la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia de
>> >> Madrid, de 19 de junio de 2006, en la que revocando una sentencia
>> >> del Juzgado de lo Social Nº 24 de Madrid, acoge nuestro
>> >> razonamiento inicial, planteado en la demanda, y establece lo
>> >> siguiente:
>> >
>> >> Primero. - Que las becas otorgadas por los Organismos de
>> >> Investigación deben ser ayudas que faciliten el estudio de los
>> >> becarios, de tal manera que la beca beneficie exclusivamente al
>> >> becario. Esto es, el desempeño de trabajos de investigación en
>> >> beneficio del CSIC, del INIA, del INTA o cualquier otro Organismo
>> >> de Investigación, suponen un fraude de Ley, y por tanto, el
>> >> derecho de los becarios a obtener una relación laboral indefinida.
>> >>
>> >>
>> >> Segundo.- Que el contrato “Ramon y Cajal”, y por extensión el
>> >> “I3P” u otro contrato en prácticas, siempre que se suscriba con
>> >> personas que poseen una formación o experiencia previa, suponen un
>> >> fraude en la contratación, que daría derecho igualmente a obtener
>> >> la relación laboral indefinida.
>> >>
>> >>
>> >> Asimismo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid entiende que
>> >> el período máximo para suscribir este contrato en prácticas es de
>> >> 4 años después de obtener el título habilitante para la
>> >> suscripción del contrato (en este caso 4 años después de doctorarse).
>> >>
>> >>
>> >> Por último, informarte de que de las sentencias dictadas, cinco lo
>> >> han sido por los Juzgados de lo Social de Sevilla (y una, ya ha
>> >> sido ratificada íntegramente por el Tribunal Superior de Justicia
>> >> de Andalucía), otra por el Juzgado de lo Social de Barcelona, otra
>> >> por el Juzgado de lo Social de Gerona y, finalmente, otra por el
>> >> Juzgado de lo Social de Ciudad Real.
>> >>

Me permito destacar una frase: "las becas otorgadas por los Organismos de Investigación deben ser ayudas que faciliten el estudio de los becarios, de tal manera que la beca beneficie exclusivamente al becario."

4 comentarios:

Ángel M. Felicísimo dijo...

Un buen lío ¿verdad? Si el trabajo del becario debe ser *exclusivamente* en beneficio propio no habrá grupo de investigación que le interese ya que a la mínima prueba de que el grupo se ha beneficiado de ese trabajo sería fraude de ley y debería ser contratado.
El becario queda, por tanto, condenado a trabajar aislado, en líneas diferentes a las del grupo no sea que aporte algo a éste. No podrá elaborar trabajos con coautores ya que se consideraría que estos se han beneficiado (aunque hayan aportado su parte).
No sé, tal vez mi visión sea exagerada o haya interpretado mal el texto.

Roke Iñaki Oruezabal dijo...

Pues llevado al extremo Angel/Golemblogger no dejas de tener razón. Pero como prefiero ver el vaso medio lleno comentaré que la solución es bien fácil, en vez de buscar sinuosos y maquiavélicos caminos para evitar la contratación...hacer lo contrario, enfrentarse a ella, comtratando (inocente de mi). Personalmente no entiendo el uso del sistema de becas en Investigación (ni en muchas otras áreas), los percibo como encubrimiento/mal uso de lo que deberían ser contratos en formación. Distintos informes señalan en este sentido de mal uso (¿en este blog se permite decir abuso?ejem), aconsejo la bibliografía del profesor MOreno Gené o el propio informe del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales elaborado por Red2red consultores sobre primera inserción laboral (entre otros).

Ángel M. Felicísimo dijo...

Yo soy partidario de la contratación (también por interés propio porque eso me permite exigir a la persona contratada una dedicación razonable) pero es un arma de doble filo porque impide aprovechar recursos de las becas predoctorales que en Extremadura se transforman en contratos en los dos últimos años.
De todas formas el problema creo que ni siquiera es esto sino principalmente la ausencia de una carrera investigadora. Este año terminamos en mi grupo nada menos que 5 tesis doctorales. Bueno, pues nadie podrá quedarse. No hay plazas de nada, no hay posibilidad alguna de continuidad. Como conclusión, su esfuerzo (doctorandos) y el nuestro (codirectores) acaba como esos ríos que se adentran en el desierto y acaban filtrándose y perdiéndose en la arena. Metáforas aparte, hasta que no se solucione ese problema mal vamos.
Saludos

Roke Iñaki Oruezabal dijo...

Totalmente de acuerdo con que no hay Carrera Investigadora evidenemente. A mi también me preocupa que no existe una transversalidad clara (no hay tejido empresarial ni cultura)con otras tareas (en los países anglosajones sí) como periodismo/divulgación (salvando a Javier Sampedro y la gente de Atapuerca), gestión, consultoría, etc....